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El titular de la pensión que haya optado por el esquema de pensiones previsto en la Ley del Seguro Social de 1973, puede tramitar el préstamo cuando hayan transcurrido tres meses del inicio del primer pago de su pensión; o bien, en forma subsecuente cuando hayan transcurrido tres meses desde que se le efectuó el último descuento por el préstamo anterior. Documentos a presentar: a) Solicitud de préstamo a cuenta de pensión. b) Credencial del IFE, o pasaporte vigente. c) Comprobante de domicilio. d) Credencial de pensionado (a) (para cotejo). Documentos que entrega el IMSS:
Además con su credencial ADIMSS podrá solicitarlo en los kioscos electrónicos de atención al derechohabiente cuando compruebe supervivencia, o vía internet. |